Dos días en jornada de protesta completa la Unión Sindical Obrera USO con los conductores de pasajeros y carga de la industria petrolera. La parálisis se inició este lunes dos de marzo en las áreas de los municipios de Acacias, Guamal, Castilla La Nueva y en sector de Pompeya en Villavicencio, donde más de mil conductores reclaman soluciones al pliego de peticiones que busca mejorar sus condiciones laborales y de vida ante la negativa de la empresa colombiana de petroleros. Están detenidas las labores de alrededor de 4 mil trabajadores con las reclamaciones. En la mañana del martes tres de marzo realizaron un plan tortuga con sus vehículos llevándolos desde el casco urbano de Acacías en recorrido hasta el centro poblado de San Isidro de Chichimene.
Por su parte, la estatal petrolera a través de su centro de comunicaciones expidió el siguiente comunicado entregado a los medos de comunicación para información a la comunidad en general. Nuevo Milenio lo publica textualmente:
“Ecopetrol rechaza bloqueos en sus operaciones en el Meta
Ecopetrol rechaza los bloqueos que desde la mañana del lunes dos de marzo realizan integrantes del gremio de conductores (transporte de personal y carga) de empresas contratistas en 15 puntos de acceso a las operaciones y proyectos de los campos Castilla, Chichimene, CPO-9 y Apiay en el Meta, los cuales impiden la movilización de vehículos y el acceso de más de 1.900 trabajadores contratistas y directos a sus puntos de trabajos
Adicionalmente, los manifestantes han obstaculizado el acceso de vehículos de víveres y alimentación al personal que labora en 9 torres de perforación ubicadas en los municipios de Villavicencio, Acacías, Guamal y Castilla La Nueva.
Las vías de hecho vulneran los derechos a la integridad, a la vida y al trabajo de personal contratista que no han podido recibir su alimentación de forma oportuna, tampoco el cambio de turno de trabajo y no cuentan con las condiciones mínimas para trabajar.
Sobre la petición que realiza la USO y el gremio de conductores de que se reconozca su actividad como propia y esencial de la industria del petróleo y se ajusten sus condiciones salariales (salarios, prestaciones y garantías) de acuerdo con el régimen convencional vigente entre el sindicato de la USO y Ecopetrol, se aclara lo siguiente:
1. La actividad de los conductores, según la legislación colombiana (Decretos de Ley 284 de 1957 y 3164 de 2003) y las actas de acuerdos suscritas entre Ecopetrol y el sindicato de la USO, está catalogada como legal, por lo tanto, no puede ser remunerada según el régimen convencional.
2. Reconocer la actividad de los conductores como parte del régimen convencional sería ilegal puesto que desborda el ámbito normativo vigente; al igual que podría ser objeto de responsabilidad fiscal a la luz del Estatuto Anticorrupción (Art. 118 Ley 1474 de 2011) y, por ende, de acciones de carácter disciplinario contra los funcionarios que acuerden este cambio.
Ecopetrol propició varios espacios de diálogo constructivo y de capacitación con el gremio de conductores y el sindicato de la USO para explicar el alcance de las actividades que sí están catalogadas como propias de la industria del petróleo y la imposibilidad que se tiene para cumplir con su solicitud.
No obstante, y en aras de garantizar un acuerdo en cumplimiento de la Ley y que permitiera establecer mejores condiciones laborales para este gremio, Ecopetrol ofreció en una de las instancias de diálogo pasadas, la autorización para que empresas contratistas ajustaran las condiciones salariales de los conductores al nivel 2 de la tabla salarial y prestacional legal, la cual incluye los servicios de alimentación y transporte, con dedicación exclusiva al contrato.
A pesar de las instancias y ofertas que propició Ecopetrol para llegar a un acuerdo por la vía del diálogo, el gremio de conductores mantiene las vías de hecho, por lo que Ecopetrol le hace un llamado para que ponga fin a los bloqueos.
La Empresa también solicita a las autoridades regionales competentes que ejerzan su función constitucional y garanticen el restablecimiento inmediato del orden público y el derecho al trabajo.”